DIRECTIVA PRESIDENCIAL 7 DE 2025
Fija lineamientos a entidades del ordena nacional sobre la implementación de una política de solidaridad integral con el pueblo palestino, que incluye, entre otras medidas: Mecanismos de asistencia humanitaria, fortalecer la presencia y acción diplomática de Colombia en Palestina y Oriente Medio, revisar las relaciones comerciales con Israel, según los principios de legalidad internacional, y procurar el acompañamiento a Palestina en procesos judiciales internacionales.
Texto del documento
artículo 93 de la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Colombia, en especial los relacionados con derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario. El seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto en esta directiva por parte de las entidades destinatarias estará a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, entidad que podrá expedir los instructivos que considere necesarios para el efecto. Se insta a las demás ramas del poder público, a los entes autónomos, los organismos de control y vigilancia y las entidades territoriales a adoptar, en lo que resulte procedente, las directrices de esta directiva, en aplicación del principio de colaboración armónica previsto en el
artículo 113 de la Constitución Política. 13 de agosto de 2025. GUSTAVO PETRO URREGO