Decretos 1458
POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA EL PAGO DE LA PRIMA DE NAVIDAD PARA LA VIGENCIA FISCAL 2021
Texto del documento
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Pago prima de navidad para la vigencia fiscal 2021. Para la presente vigencia fiscal, la prima de navidad a que tienen derecho los servidores públicos vinculados a las entidades públicas del orden nacional, se reconocerá y pagará en el mes de noviembre, en los mismos términos y condiciones en los que esté regulada la prima.
PARÁGRAFO: Las entidades territoriales podrán optar por reconocer y pagar la prima de navidad, en los términos del presente
artículo.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 10 NOVIEMBRE DE 2021 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO