DECRETO 103 DE 2025
Adopta el programa especial de armonización para la reintegración y reincorporación social y económica con enfoque étnico y de género para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. La norma aclara que los beneficios de este programa son complementarios a la oferta institucional brindada por la Agencia para la Reincorporación y Normalización y demás entes competentes. Reforma DUR del sector presidencia.
Objeto
por medio del cual se adiciona el Capítulo 8, al Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto número 1081 de 2015 y se adopta el “Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras” y se dictan otras disposiciones.
Texto del documento
DECRETA:
Artículo 1°. Adicionar el
Capítulo 8, al
Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto número 1081 de 2015, en los siguientes términos: “
CAPÍTULO 8 PROGRAMA ESPECIAL DE ARMONIZACIÓN PARA LA REINTEGRACIÓN Y REINCORPORACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA CON ENFOQUE ÉTNICO Y DE GÉNERO PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS
Artículo 2.3.2.8.1. Objeto . Adóptese en su integridad el Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, el cual formula el objetivo, marco normativo, los conceptos, principios, enfoques, estructura, pilares, ruta, plan operativo, lineamientos, ejes y acciones, que orientan el proceso de armonización de la población beneficiaria del Programa Especial de Armonización de conformidad con lo establecido en el punto 6.2. del Acuerdo Final de Paz y demás normativa vigente sobre la materia, con el propósito de garantizar el enfoque étnico y de género de las personas pertenecientes a las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
Artículo 2.3.2.8.2. Ámbito de aplicación . El Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras adoptado mediante el presente decreto se encuentra destinado a las personas en proceso de reintegración o en proceso de reincorporación que se auto reconocen como negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y sus comunidades.
Parágrafo. Los beneficios contenidos en el Programa que se adopta en el presente decreto son complementarios con la oferta institucional de la Agencia para la Reincorporación y Normalización y las demás entidades estatales de acuerdo con los marcos de política pública dispuesta que tiene cada una de las poblaciones objeto de atención.
Artículo 2.3.2.8.3. Implementación . Para la implementación del Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, las entidades vinculadas del Gobierno nacional deberán adoptar los procedimientos e instrumentos que se requieran con enfoque étnico y de género diferenciado.
Artículo 2.3.2.8.4. Seguimiento . El seguimiento del Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, se realizará de conformidad con lo establecido en el mecanismo definido en el Programa adoptado mediante el presente decreto.
Artículo 2.3.2.8.5. Recursos . Las entidades del orden nacional que en el marco de sus funciones estén llamadas a coadyuvar en la implementación del Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de acuerdo con sus competencias, podrán priorizar y ejecutarán las asignaciones presupuestales específicas de conformidad con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y con las disponibilidades presupuestales incluidas en el Marco de Gasto de Mediano Plazo y en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, para el cumplimiento de los acuerdos pactados con los Consejos Comunitarios y formas o expresiones organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, para cumplir con el Programa adoptado mediante este decreto, en virtud de los principios de buena fe, responsabilidad y transparencia, y del derecho de acceso a la información de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
Parágrafo. Para contribuir al financiamiento del Programa Especial de Armonización para la Reintegración y Reincorporación Social y Económica con Enfoque Étnico y de Género para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, la Agencia para la Reincorporación y Normalización y demás entidades vinculadas, gestionarán los recursos de cooperación nacional e internacional en el marco de los mecanismos definidos legalmente para tal efecto.” Afecta la vigencia de: [ Mostrar ] Adiciona
CAPÍTULO 8 PROGRAMA ESPECIAL DE ARMONIZACIÓN PARA LA REINTEGRACIÓN Y REINCORPORACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA CON ENFOQUE ÉTNICO Y DE GÉNERO PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS DECRETO 1081 de 2015 Adiciona
Artículo 2.3.2.8.1. DECRETO 1081 de 2015 Adiciona
Artículo 2.3.2.8.2. DECRETO 1081 de 2015 Adiciona
Artículo 2.3.2.8.3. DECRETO 1081 de 2015 Adiciona
Artículo 2.3.2.8.4. DECRETO 1081 de 2015 Adiciona
Artículo 2.3.2.8.5. DECRETO 1081 de 2015
Artículo 2°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial , y adiciona el
Capítulo 8, al
Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto número 1081 de 2015. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 28 de enero de 2025. GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo Bustos. El Ministro de Hacienda y Crédito Público (e), Diego Alejandro Guevara Castañeda. La Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Laura Camila Sarabia Torres