Decretos Decreto 438
Adopta la política pública de atención al posegreso, a través de casas de acogimiento, “como una estrategia integral de reinserción social, dirigida a personas que hayan recobrado la libertad tras haber estado recluidas en establecimientos penitenciarios y carcelarios y a población condenada en prisión domiciliaria y personas que cumplen medidas alternativas no privativas de la libertad, previa autorización de autoridad judicial”. Este servicio podrá prestarse a través del programa Casa Libertad, las casas de justicia y centros de convivencia ciudadana, y mediante la articulación entre el Inpec y organizaciones de la sociedad civil.
Asunto
Adopta la política pública de atención al posegreso, a través de casas de acogimiento, “como una estrategia integral de reinserción social, dirigida a personas que hayan recobrado la libertad tras haber estado recluidas en establecimientos penitenciarios y carcelarios y a población condenada en prisión domiciliaria y personas que cumplen medidas alternativas no privativas de la libertad, previa autorización de autoridad judicial”. Este servicio podrá prestarse a través del programa Casa Libertad, las casas de justicia y centros de convivencia ciudadana, y mediante la articulación entre el Inpec y organizaciones de la sociedad civil.