Normas del 05/03/2026
10 normas · 3 categorías
Decretos 8
- Decreto Decreto 223
Modificar el DUR del sector Trabajo, al actualizar y unificar la regulación de las prácticas laborales y el contrato de aprendizaje, atendiendo la Ley 2466 del 2025. Esta normativa aplica en los sectores público y privado, e indica la edad mínima; el horario; las obligaciones del estudiante, la institución educativa, los escenarios y los supervisores; los riegos laborales; niveles de formación; causales de terminación; financiación, y elementos de seguridad, entre otros aspectos relacionados.
MINISTERIO DE TRABAJO Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 212 Vigente
En el marco de la declaratoria de emergencia, adopta el plan de reactivación urgente de los sistemas agroalimentarios, cadenas de suministro y medios de vida rurales, con el fin de garantizar el derecho a la alimentación adecuada. Los beneficiarios son los productores agropecuarios afectados, especialmente pequeños y medianos, las organizaciones, asociaciones o cooperativas conformadas por productores campesinos, y quienes pertenezcan a pueblos étnicos que desarrollen agricultura campesina, familiar, étnica y comunitaria en las zonas de interés. Autoriza transferencias extraordinarias al Fondo Nacional de Adecuación de Tierras, entre otras medidas.
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 213
Prevé medidas a favor de mineros de subsistencia con registro vigente, beneficiarios de formalización o legalización habilitados para la explotación de minerales, y titulares mineros de pequeña minería, en el contexto del Decreto Legislativo 150 del 2026. Entre las disposiciones, suspende la causación de intereses moratorios por el pago extemporáneo de regalías y otras contraprestaciones en la materia, durante la emergencia y hasta los seis meses posteriores. También se contemplan facilidades de pago de las obligaciones económicas, de forma oficiosa o a solicitud de los destinatarios.
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 214
Establece que los “prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica no podrán realizar cobro o facturación alguna a los usuarios cuyos inmuebles resultaron afectados por la Emergencia Económica, Social y Ecológica en los Departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, […], sino hasta tanto el respectivo inmueble recupere las condiciones necesarias para su funcionamiento, y el prestador garantice y restablezca la prestación del servicio en condiciones de seguridad”.
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 215
Para conjurar los efectos del frente frío de febrero pasado, adopta un régimen excepcional y transitorio sobre vivienda y hábitat. Las entidades competentes podrán expedir actos administrativos que regulen trámites preferentes y expeditos tendientes al otorgamiento de subsidios. También ordena implementar un modelo de atención integral de los hogares afectados por la emergencia. De otro lado, permite a las alcaldías de los municipios sobre los cuales recae la declaratoria de emergencia ajustar los planes de ordenamiento territorial.
MINISTERIO DE VIVIENDA Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 222
Autoriza al Invías a ejecutar el gasto de los recursos extraordinarios asignados en el marco de la emergencia, para atender y recuperar la infraestructura vial afectada.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 227
Permite al Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa viabilizar proyectos de construcción, mejoramiento, adecuación, ampliación y dotación de infraestructura física y digital pública necesaria para conjurar la emergencia, en lo relativo a la prestación del servicio de educación superior.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Ver detalle → - Decreto Decreto Legislativo 228
Adopta medidas destinadas a garantizar el acceso al agua apta para consumo humano y el saneamiento básico en los departamentos perjudicados por la emergencia. Habilita al Ministerio de Vivienda a destinar los rendimientos financieros de los proyectos de agua potable y saneamiento básico a la atención de la emergencia. Por otra parte, el subsidio a la tarifa de los usuarios de los gestores comunitarios que prestan servicio público de acueducto, afectados por la emergencia, será del 90 % de descuento en el valor total de la factura, hasta terminar la vigencia 2026.
MINISTERIO DE VIVIENDA Ver detalle →